. . "Basque civil law is the civil law partially applicable in the Spanish part of the Basque Country."@en . . . "El Derecho civil vasco es la variedad de derecho civil foral que se practica en la Comunidad Aut\u00F3noma del Pa\u00EDs Vasco (Espa\u00F1a). Est\u00E1 regulado por la Ley vasca 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco, aprobada por el Parlamento Vasco y que sustituye a la anterior Ley vasca 3/1992, del Derecho Civil Foral del Pa\u00EDs Vasco. La ley consta de un t\u00EDtulo preliminar y tres t\u00EDtulos que regulan los principios de derecho patrimonial, la sucesi\u00F3n y el r\u00E9gimen econ\u00F3mico del matrimonio respectivamente.\u200B"@es . . . . . . . . . . . . . "Derecho civil vasco"@es . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "1094793085"^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "June 2015"@en . . "Basque civil law is the civil law partially applicable in the Spanish part of the Basque Country."@en . . . . . . . . "46332"^^ . . "Basque civil law"@en . . . "38784442"^^ . . . . "missing"@en . . . "El Derecho civil vasco es la variedad de derecho civil foral que se practica en la Comunidad Aut\u00F3noma del Pa\u00EDs Vasco (Espa\u00F1a). Est\u00E1 regulado por la Ley vasca 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco, aprobada por el Parlamento Vasco y que sustituye a la anterior Ley vasca 3/1992, del Derecho Civil Foral del Pa\u00EDs Vasco. La ley consta de un t\u00EDtulo preliminar y tres t\u00EDtulos que regulan los principios de derecho patrimonial, la sucesi\u00F3n y el r\u00E9gimen econ\u00F3mico del matrimonio respectivamente.\u200B El nuevo derecho civil vasco se fundamenta en el principio de libertad civil, que determina que todas las leyes se presumen dispositivas y que la renuncia a los derechos reconocidos en la Ley es siempre posible mientras no sea contraria al orden p\u00FAblico o perjudique a tercero.\u200B Para la aplicaci\u00F3n del derecho civil vasco se tiene en cuenta la , que puede ser distinta de la vecindad administrativa. La vecindad civil se regula por el art\u00EDculo 14 del C\u00F3digo Civil de Espa\u00F1a\u200B y normalmente depende del lugar de nacimiento o de la vecindad civil de los padres, aunque puede variar por distintos motivos seg\u00FAn lo establecido en el art\u00EDculo citado. Si bien el nuevo derecho civil vasco se aplica en toda la Comunidad Aut\u00F3noma Vasca, mantiene las particularidades de los distintos fueros civiles que se han aplicado hist\u00F3ricamente en distintas partes de la comunidad: \n* Fuero civil de Vizcaya: Aplicable en toda el territorio hist\u00F3rico de Vizcaya y en las localidades alavesas de Llodio y Aramayona. Se distingue entre territorio aforado y no aforado. La principal particularidad es la existencia de \u00ABbienes troncales\u00BB sobre los que pueden establecerse condiciones sucesorias especiales, pudiendo limitar la transmisi\u00F3n o partici\u00F3n posterior de toda o parte de la herencia una vez aceptada, de forma que esos bienes troncales no puedan, por ejemplo, venderse, dividirse o dejar en herencias posteriores a miembros que no sean de la rama familiar. \n* Fuero civil de la Tierra de Ayala: Aplicable en parte del valle de Ayala, tiene la particularidad de dar absoluta libertad para testar, pudiendo dejar apartados de la herencia a los herederos forzosos y no estando por tanto obligados a cumplir las disposiciones sobre las leg\u00EDtimas. Tambi\u00E9n se reconoce el \u00ABusufructo poderoso\u00BB, delegaci\u00F3n en un usufructuario universal de la facultad de instituir sucesores, quien puede designarlos inter vivos o mortis causa. \n* Fuero civil de Guip\u00FAzcoa: Basado en un sistema consuetudinario, se aplica en el territorio hist\u00F3rico de Guip\u00FAzcoa. La particularidad es la existencia de normas sucesorias especiales para los caser\u00EDos. Debido a estas especifidades, el derecho civil vasco no es id\u00E9ntico en toda la comunidad, existiendo variaciones incluso dentro del mismo territorio hist\u00F3rico seg\u00FAn la localidad en la que se aplique. El derecho civil com\u00FAn del Estado se aplica de forma subsidiaria."@es . . . . . . . . . .